miércoles, 6 de abril de 2011
martes, 25 de enero de 2011
domingo, 19 de diciembre de 2010
domingo, 28 de noviembre de 2010
El Motivo
El motivo principal de escribir en este Blog es poder tomar mi derecho a palabra, que ha sido en reiteradas ocasiones negada cumpliendo así como mi derecho a replica a través de reflexiones, escritos, entrevistas que me han realizado, todo esto con el fin de poder limpiar mi nombre y aclarar al publico en general los atropellos de los que he sido victima
CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TÍTULO III
DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS,
Y DE LOS DEBERES
Capítulo III
De los Derechos Civiles
Artículo 58. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)



